Los tribunales están propinándole a la ley Sinde más bofetadas que a un payaso del pimpampum. La más reciente, y esperemos que no la última, llega desde la Audiencia Provincial de Barcelona que en una reciente sentencia acaba de afirmar que el enlace a páginas o servicios P2P y páginas de descarga directa no es ilegal. Esta sentencia se dicta en el caso de la demanda de la SGAE contra la página de enlaces indice-web.com, defendida por los abogados David Bravo y Javier de la Cueva.
La sentencia no entra siquiera en la cuestión, como ha pasado en otros juicios semejantes, de si en el sitio se alojaban o no los archivos sometidos a propiedad intelectual. La página sólo tenía enlaces. El usuario pincha los enlaces y acaba en una página diferente desde donde se inicia la descarga del contenido. Dicho de otra manera, la sentencia reconoce que las descargas se producen desde una página diferente a la denunciada. Por eso no supone ninguna infracción de derechos de propiedad intelectual.
La sentencia no entra siquiera en la cuestión, como ha pasado en otros juicios semejantes, de si en el sitio se alojaban o no los archivos sometidos a propiedad intelectual. La página sólo tenía enlaces. El usuario pincha los enlaces y acaba en una página diferente desde donde se inicia la descarga del contenido. Dicho de otra manera, la sentencia reconoce que las descargas se producen desde una página diferente a la denunciada. Por eso no supone ninguna infracción de derechos de propiedad intelectual.